Documentos Capitales
del Protestantismo Español
CONVENIO
DE COLABORACION ENTRE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID Y EL CONSEJO EVANGELICO
DE MADRID
REUNIDOS:
De una parte el Excmo. Sr. D. Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez,
Presidente de la Comunidad de Madrid, en virtud de lo dispuesto en el artículo
17.1 del Estatuto de la Autonomìa de la Comunidad Autónoma
de Madrid.
Y de otra D. Daniel Vergara Muñoz, en representación
del Consejo Evangélico de Madrid, Entidad Religiosa con domicilio
en Madrid, calle Bravo Murillo 85, que tiene el núm. 345-SG en el
Registro de Entidades religiosas del Ministerio de Justicia, y como Presidente
del mismo.
MANIFIESTAN:
Que la Comunidad de Madrid y el Consejo Evangélico de Madrid, como
expresión de su deseo de establecer una colaboración en áreas
de interés común, suscriben el presente convenio marco; que
servirà de base para la elaboración de acuerdos sectoriales
sobre diferentes materias entre los distintos organismos y Consejerias
dependientes de ambas Instituciones.
Por todo ello, se establecen inicialmente los siguientes ACUERDOS referidos
a las áreas que a continuación se expresan:
1.- AREA DE RELACIONES INSTITUCIONALES.
a.- Establecer un cauce de diálogo y cooperación continuo
entre ambas Instituciones, a través de la Viceconsejera de Presidencia
por la Comunidad de Madrid y del Secretario Ejecutivo por el Consejo Evangélico
de Madrid; con el fin de coordinar, concretar y supervisar el desarrollo
del presente convenio, asì como los acuerdos que en su día
se firmen a nivel sectorial con las distintas Consejerías o dependencias
de la Comunidad de Madrid. Esta relación Institucional servirà
así mismo para abrir otras vías en materias no detalladas
en el presente acuerdo marco, o tratar cualquier incidencia que puediera
surgir en la relación de ambas instituciones.
b.- Disponer, con el fin de dar un adecuado cumplimiento al punto anterior,
una reunión anual ntre los representantes citados,, o en más
ocasiones si así lo solicitara alguna de las partes; llegando si
es preciso a fijar un calendario de reuniones.
c.- Reconocer al Consejo Evangélico de Madrid (y, en su caso,
a la FEREDE -Federación de Entidades Religiosas Evangélicas
de España-) como una de las referencias válidas a la hora
de contrastar o pedir informaciòn acerca del pensamiento o sucesos
relativos a las Iglesias evangélicas.
2.- AREA CULTURAL.
a.- Reconocer las manifestaciones culturales de las Iglesias evangélicas
de Madrid como parte de la cultura de esta Comunidad, apoyando los actos
que se organicen, si se considerase pertinente, mediante el uso de locales,
o la difusión de los mismos.
b.- Promover la participación de personas, o grupos artísticos,
representativos de la cultura evangélica madrileña en los
actos culturales organizados por la Comunidad de Madrid.
3.- AREA DE OBRA SOCIAL.
a.- Intentar la obra social de las Iglesias de Madrid dentro de los planes
autonómicos de ayuda social, asistiendo en su caso la Comunidad
de Madrid a dichas obras sociales para que éstas puedan cumplir
los requisitos de acreditaciòn establecidos por la Comunidad de
Madrid.
b.- Comrpometerse la Comunidad de Madrid a, una vez realizada la unificación
de la obra social evangélica en Madrid, prestar el apoyo al que
dicha obra se haga acreedora.
c.- Habilitar acuerdos entre la Comunidad de Madrid y el Consejo Evangélico
de Madrid que permitan la participación del voluntariado social
y de las instalaciones de la Iglesias evangélicas madrileñas
para el desarrollo de actividades sanitarias o de interés social.
4.- VIGENCIA.
El presente Convenio entrará en vigos al día siguiente de
su publicación en el Boletión Oficial de la Comunidad de
Madrid, y tendrá vigencia mientras las partes, o una de ellas no
proponga su denuncia con al menos dos meses de antelación a la fecha
que se propónga como finalización del mismo.
En señal de conformidad firman ambas partes el presente Convenio
por duplicado, en Madrid, a 18 de Octubre de 1995......